La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario resolvió, por mayoría, declarar inadmisible la acción judicial impulsada por concejales de Ciudad Futura contra el proyecto del Parque Acuático de la Costanera Norte. La decisión representa un revés para el sector político encabezado por Juan Monteverde y despeja uno de los obstáculos judiciales que enfrentaba la iniciativa de la Municipalidad de Rosario.
La presentación había sido realizada por los concejales Juan Monteverde, Antonio Salinas, Julián Ferrero y Agustina Gareis, quienes cuestionaron el procedimiento administrativo utilizado por el Ejecutivo municipal para avanzar con el proyecto. El principal argumento giraba en torno a las atribuciones del Concejo Municipal y la necesidad de que la iniciativa contara con intervención legislativa.
Sin embargo, la Sala V de la Cámara consideró que los ediles no acreditaron legitimación suficiente para promover una acción judicial en defensa de atribuciones que corresponden institucionalmente al Concejo Municipal.
El pronunciamiento, adoptado con los votos de los camaristas Puccinelli y Cifré, mientras que Galfré votó en disidencia, incluyó una definición sobre los límites de la intervención judicial frente a controversias de carácter político.
“La eventual solución de un desacuerdo de tal tipo reside en la acción política y en el juicio del electorado, no en el pronunciamiento de los jueces”, señalaron los magistrados.
La Cámara sostuvo así que las diferencias entre representantes políticos respecto de las competencias del Ejecutivo y del Legislativo no pueden trasladarse automáticamente a los tribunales, particularmente cuando quienes presentan la demanda no acreditan un derecho propio afectado.
Un conflicto que atravesó distintas instancias judiciales
La controversia por el Parque Acuático comenzó cuando los concejales de Ciudad Futura cuestionaron el avance de las obras sin una autorización específica del Concejo Municipal.
En junio, una resolución judicial había dispuesto una suspensión provisoria del proyecto. Posteriormente, el 3 de julio, fue rechazada la medida cautelar solicitada por los ediles, lo que permitió retomar los trabajos.
En septiembre, la Procuración de Segunda Instancia emitió un dictamen favorable a la admisibilidad del planteo presentado por Monteverde y los restantes concejales. No obstante, esa opinión no era vinculante para los camaristas.
Durante el proceso judicial también se incorporó la factibilidad ambiental otorgada por el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático de Santa Fe en agosto de 2026.
Finalmente, la Cámara resolvió en sentido contrario y declaró inadmisible la demanda, confirmando además el rechazo de la cautelar que pretendía frenar la construcción.
Qué implica el fallo para el proyecto
La resolución judicial favorece la continuidad del Parque Acuático impulsado por la gestión del intendente Pablo Javkin en la Costanera Norte de Rosario.
No obstante, la decisión no supone un pronunciamiento definitivo sobre todos los cuestionamientos vinculados al desarrollo. El fundamento central de la Cámara estuvo relacionado con la falta de legitimación de los concejales demandantes para accionar judicialmente en defensa de competencias institucionales del cuerpo legislativo.
La distinción es relevante porque existen otras presentaciones judiciales relacionadas con la iniciativa, promovidas por distintos actores.
En paralelo, el municipio mantiene la expectativa de que el Parque Acuático pueda comenzar a utilizarse antes de las fiestas de fin de año. El secretario de Gobierno, Sebastián Chale, había señalado que algunos trabajos complementarios, entre ellos sanitarios y vestuarios, podrían extenderse durante enero de 2027.
En términos institucionales, el fallo excede la discusión puntual sobre el Parque Acuático: establece un criterio sobre los límites de la judicialización de controversias entre el Ejecutivo y el Concejo Municipal, y remite su resolución al debate político y a la responsabilidad de los representantes frente al electorado.





























