El IVA desalienta inversiones

El problema para los productores de cerdo aparece cuando se desea crecer, invertir y tener más madres en producción

Uno de los problemas que desalienta actualmente las nuevas inversiones en el sector tiene que ver con el Impuesto al Valor Agregado sobre las compras de activos fijos. Hasta la reforma tributaria (Ley 27430 BO: 29/12/2017), la venta de cerdos estaba gravada en IVA con una alícuota del 21%. Es decir que una granja vendía cerdos y cobraba el 21% de IVA mientras que sus compras estaban gravadas parte al 10,5% y otra parte al 21% (expeller, núcleos proteicos, vacunas, etc.). Los sueldos del personal, lógicamente, no están alcanzados por el impuesto. En definitiva, dependiendo del resultado, la posición fiscal en IVA todos los meses era a favor del Fisco en cifras relativamente considerables​.
Pero luego de la reforma tributaria, la alícuota de impuesto al valor agregado por la venta de cerdos bajó del 21% al 10,5% sobre las ventas netas, por lo que las granjas pasaron a tener posiciones fiscales en IVA sumamente equilibradas. El objetivo de esta medida apuntaba a bajar los precios de la carne en góndola y eliminar la informalidad.
El problema para los productores aparece cuando se desea crecer, invertir y tener más madres en producción. La inversión estimada por madre se ubica entre U$S 8.000 y U$S 10.000 más la necesidad de disponer del inmueble rural en donde desarrollar las actividades. En términos prácticos, el IVA que se acumula al invertir es equivalente –aproximadamente- al 17%/ 18% sobre el monto invertido debido a la combinación entre compras nacionales (gravadas al 21%) y algunas importaciones de bienes de capital gravadas en IVA al 10,5%. Es decir, los productores deben aportar en concepto de Impuesto al Valor Agregado entre U$S 1.360 y U$S 1800 de IVA por cada madre que incorporen a sus planteles.
Al no haber mensualmente una posición fiscal que permita recuperar el IVA pagado por las inversiones, los productores terminan tomado a este valor como costo, con su impacto negativo a nivel financiero.
Con la reforma tributaria (Ley 27430 BO: 29/12/2017) se puso en vigencia un régimen para devolver ese IVA que surge de las inversiones. Pero la condición que establece la normativa es que para que quede efectiva dicha devolución de IVA, la empresa deberá pagar – en los 60 meses subsiguientes a la devolución- un monto igual o mayor al del IVA restituido. Como se indicara anteriormente, luego de baja en la alícuota de IVA al 10,5% en la venta final de cerdos, la actividad no genera hoy pagos de IVA mensuales (posición a favor del fisco) para cumplir esta condición.
En consecuencia, la empresa podría verse obligada a restituir al fisco lo recibido en concepto de devolución de IVA sobre las inversiones más una tasa de interés del 3% mensual. Un perjuicio por cierto muy importante.

Existen grupos empresarios que por esta problemática han paralizado sus proyectos de ampliación e incorporación de nuevas madres. Es un tema que demanda una urgente solución. Fuente: BCR

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