Sin Expensas Claras, ¿qué esperar de la próxima liquidación?

Desde la Cámara de la Propiedad Horizontal aseguran que la Ley de Alquileres ya rige "una herramienta superadora"

El miércoles fue declarada inconstitucional y, por lo tanto, derogada, la ordenanza de Expensas Claras. El hecho fue comunicado durante una conferencia de prensa convocada por el Consejo Asesor de Vivienda e Inquilinos de la Oficina Municipal del Consumidor Rosario, en la que, además, se remarcó la plena vigencia de la Ley de Alquileres.

El motivo por el cual la normativa fue dejada sin efecto, entre otras cuestiones, se centra en una cuestión jurídica técnica. “Una municipalidad no puede legislar respecto a una legislación nacional vigente (en referencia a la Ley de Alquileres)”, explicó Mariano Solari, miembro de la comisión directiva de la Cámara de la Propiedad Horizontal de la Provincia de Santa Fe Segunda Circunscripción.

Por su parte, Norma López, concejal justicialista e impulsora de la ahora derogada ordenanza, manifestó: “Evitar que el Estado tenga injerencia en la protección de consorcistas y de inquilinos e inquilinas es ir contra el derecho de acceso a la vivienda”. En este sentido, Solari respondió: “Una liquidación de expensas no tiene nada que ver con acceder a la vivienda. La imposibilidad de que la gente compre inmuebles pasa por la falta de crédito hipotecario”.

Ya sin Expensas Claras en el tablero, desde la Cámara de la Propiedad Horizontal planean apostar por una mejor aplicación de la Ley de Alquileres en la ciudad. La entidad y el Ejecutivo local habían firmado en 2022 un convenio de colaboración fijando pautas de trabajo para los administradores de consorcio y corredores inmobiliarios. “Ese convenio da mejores pautas y es superador a Expensas Claras”, sostuvo Solari.

Concretamente, el punto de mayor conflictividad a resolver por el acuerdo se encontraba en la repartición de gastos ordinarios y no habituales. Conforme la explicación del especialista, la Ley de Alquileres contempla dicha división, pero no otorga mayores detalles sobre lo que representa cada concepto. “En Rosario, junto al Estado, se acordó que un gasto habitual es aquel que se devenga en períodos anuales, es decir, al menos una vez al año, y debe afrontarlo el inquilino. Aquellos que se devengan en períodos de tiempo mayores, son no habituales, y debe absorberlos el propietario”, explicó el especialista.

Con respecto a la próxima liquidación de expensas, ya declarada la inconstitucionalidad de la ordenanza vigente, Solari afirmó que “no deberían encontrarse diferencias”. Explicó: “La herramienta lograda a través del acuerdo firmado el año pasado redujo la conflictividad en un 40%. Si se siguiera aplicando este instrumento, debería seguir bajando. El inquilino tiene que estar tranquilo de que nada se va a modificar porque existía un instrumento superador que ya está operativo”.

Por último, cabe destacar que durante la conferencia de prensa se presentó un documento firmado por el Consejo Asesor de vivienda e Inquilinos de la Oficina Municipal del Consumidor, las organizaciones de defensa de derechos de inquilinos/as, legisladores locales y provinciales. En el mismo, se ratifica específicamente “la vigencia de la Ley de Alquileres” y la creación de una Mesa de Trabajo para analizar propuestas que nutran la oferta de viviendas en alquiler. De este modo, se buscó llevar tranquilidad, luego de los rumores de que el gobierno suspendería la actual normativa.

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