Una notable herramienta se ha puesto en funcionamiento

Una notable herramienta, sin equivalentes externos, se ha puesto en funcionamiento en Argentina en materia de información sobre el mercado físico de granos con la implementación de la plataforma electrónica denominada “Siogranos”. Esta plataforma surge a partir de dos resoluciones gubernamentales que dispusieron un sistema de declaración obligatoria de las operaciones de compraventa de granos en nuestro país. Nos referimos a las resoluciones conjuntas que llevan el número Resolución SAGyP N° 208 y Resolución General CNV N° 608 publicada en el Boletín Oficial el día 15 de julio de 2014. Posteriormente se dictó una norma modificatoria bajo la Resolución conjunta SAGyP N° 299 y Resolución General CNV N° 630 con fecha 21 de agosto de 2014.

Bajo el nuevo sistema se estableció que todas las operaciones de compraventa (en todas sus modalidades, es decir inmediatas, disponible, con pago y entrega diferidos –forwards-, a fijar precio, canje, directas, etc.), es decir aquellas transacciones en donde se produce la transferencia de la titularidad de los productos y subproductos, siempre que dichos productos sean el activo subyacente en los contratos de futuros autorizados en el país, deberán declararse obligatoriamente en un sistema informático centralizado desarrollado por los mercados de futuros y las Bolsas de Cereales del país. Por lo tanto, las entidades que trabajaron junto a los entes gubernamentales en la implementación del sistema fueron: Bolsa de Comercio de Rosario, Bolsa de Cereales de Buenos Aires, Bolsa de Cereales de Bahía Blanca, Bolsa de Cereales y Cámara de Cereales de Córdoba, Bolsa de Cereales de Entre Ríos, Bolsa de Comercio de Santa Fe, Bolsa de Comercio de Chaco, Mercado de Término de Rosario S.A. (“Rofex”) y Mercado de Término de Buenos Aires (“MATBA”). Esa declaración obligatoria es responsabilidad de los agentes inscriptos en el Registro Único de la Cadena Agroalimentaria (RUCA).

Tal como se mencionó, los productos y subproductos involucrados en la resolución son los subyacentes de los contratos de futuros autorizados a negociarse en el país. Taxativamente la norma indica a la soja, el maíz, el trigo, la cebada forrajera, el girasol, el sorgo y el aceite de soja.

Cabe aclarar que las declaraciones están relacionadas con las operaciones de compraventa primaria directa, las de compraventa secundaria o las de canje, no considerándose las compraventas “en consignación” como así tampoco el segmento extendido en los mercados a término, ya que pasaron a la instancia de entrega y, por lo tanto, pasan a formar parte del universo del mercado físico.

No obstante ello, SIOGranos se constituye en una muy importante muestra sobre los negocios de granos.

Con la información pública que brinda la plataforma, nos pareció interesante analizar los datos de la comercialización de al menos uno de los granos negociados en los últimos tres meses; más precisamente poroto de soja durante el período comprendido entre el 9 de marzo y el 8 de junio de este 2015.

 

En el cuadro N°1 se puede observar el total de operaciones cerradas de compraventa y de canje de soja en dicho período. En tres meses se negociaron en Argentina cerca de 21,7 millones de toneladas de poroto, de las cuales el 93% fueron operaciones de compraventa (20,3 millones de tn) y 7% operaciones de canje (1,4 millones de tn).

Como se apreciará en el cuadro N°2, el 50% de esa mercadería tuvo como destino las terminales portuarias y puntos de entrega mediterráneos del Gran Rosario. Se trata de 10,8 millones de toneladas, computando la mercadería con destino a Rosario que ha surgido tanto por operaciones de canje como por compraventa de granos.

 

Recordemos que el complejo industrial oleaginoso argentino cuenta en la actualidad con una capacidad de procesamiento teórica de 206.931 tn/día. De esas 206 mil toneladas de capacidad teórica diaria que tiene la República Argentina, el 78% se encuentra localizado en la zona del Gran Rosario, en la provincia de Santa Fe. En dicha área geográfica existen 20 plantas industriales, muchas de ellas con una elevadísima capacidad de procesamiento diaria. Tal es el caso de las plantas de Terminal 6 S.A. en la ciudad de Puerto General San Martín, la fábrica en San Lorenzo de la firma Molinos Río de la Plata S.A. y la de Renova S.A. en Timbúes que tienen, individualment, capacidades de molienda diaria del orden de las 20.000 toneladas. Otras plantas importantes son la de Vicentín S.A. en San Lorenzo (16.000 Tn/día), la de Cargill en Villa Gobernador Gálvez (13.000 Tn/día) y la de Dreyfus en la localidad de General Lagos con 12.000 toneladas diarias. Siempre indicamos que este complejo industrial oleaginoso del Gran Rosario es considerado el más importante a nivel mundial, si se tiene en cuenta la gran cantidad de fábricas que están localizadas en un espacio geográfico relativamente reducido a la vera del río Paraná y la elevada capacidad teórica diaria de crushing que tienen muchas de ellas.

Este complejo oleaginoso es el causante principal de que aproximadamente el 50% de la soja comercializada en estos meses de cosecha tuviera como destino de entrega el Gran Rosario. El sistema también muestra que ese porcentaje se distribuye entre la zona portuaria al norte de la ciudad de Rosario en un 76% y las terminales portuarias o localidades al sur del Gran Rosario en un 24%.

Aclaremos que desde el punto de vista metodológico, las localidades clasificadas en la categoría “Zona Sur del Gran Rosario” son mayormente aquéllas ubicadas sobre el río Paraná al sur de la propia ciudad de Rosario y también sobre dicho éjido urbano. Tal es el caso de Servicios Portuarios S.A. que opera la Unidad VI y VII, Dreyfus en General Lagos, Cargill en Punta Alvear y Villa Gobernador Gálvez y Toepfer en Arroyo Seco.

Las categorizadas como “Zona Norte del Gran Rosario” son todas las situadas hacia el norte de la ciudad de Rosario y comprende los puertos localizados en los éjidos urbanos de las ciudades de San Lorenzo, Puerto General San Martín y Timbúes. Son las siguientes fábricas y puertos: ACA, Vicentín y Molinos (San Benito) en la ciudad de San Lorenzo; Bunge (muelles Pampa y Dempa), Toepfer (El tránsito), Nidera, Cargill, y Terminal 6 S.A. en Puerto General San Martín; Dreyfus, Noble y Renova S.A. en Timbúes; o las fábricas aceiteras de Ricardone y San Jerónimo Sur, que no están sobre el río.

En el cuadro N°2 se desagrega también la información de la mercadería que tiene por destino el Gran Rosario según se hayan formalizado transacciones de compraventa propiamente dichas u operaciones de canje.

En el cuadro N°3 podemos observar otra información valiosa acerca de cómo se comercializó la soja en Argentina en el período observado. De casi 21,7 millones de toneladas de poroto de soja, el 67% se formalizó a precio hecho en pesos y en dólares estadounidenses, en tanto que un 33% se comercializó bajo la modalidad “a fijar precio”. Esto significa que 14,4 millones de toneladas se vendieron a un precio en firme y 7,2 millones de toneladas con precios por fijar.

 

Tengamos presente que se entiende como operaciones “a precio firme o hecho” a aquellas en la cual las partes acuerdan el precio de los bienes en el momento de la concertación de la operación. Por operaciones a fijar precio nos referimos a todo contrato en el que se pacte la entrega de la mercadería, difiriéndose la determinación del precio para un momento futuro.

El sistema SIOGranos tiene definidas las siguientes categorías como formas de fijación, categorías que recogen las metodologías empleadas actualmente para “fijar precio”:

a) Fijación por precio Cámara: es cuando se utilizan los precios de pizarra fijados por las Cámaras Arbitrales de Cereales, entre ellas la de la Bolsa de Comercio de Rosario (CAC-BCR).

b) Fijación por mercados a término del país. En esta fijación se utilizan los precios que surgen de los mercados de futuros argentinos, ROFEX y MATBA.

c) Fijación por mercados a término del exterior: en este caso, la operación puede quedar atada a los precios que surjan del CME (mercado de Chicago), por ejemplo.

d) Fijación por precios de referencia que surjan de la Resolución Conjunta de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca (SAGyP) y la Comisión Nacional de Valores (CNV).

e) Fijación de precios por otros sistemas. En esta categoría se incluye la fijación por mercado comprador. Aquí se utiliza el precio que la propia empresa compradora (fábrica o exportador) ofrece pagar ese día en el mercado disponible, en función de la realidad del mercado y de sus propios análisis de costos/rentabilidad que le permiten estimar el FAS Teórico a pagar al productor. Esta alternativa es denominada “fijación en base a precio de mercado o mercado comprador”. Es la propia fábrica o la exportación la que, diariamente, determina y ofrece ese “valor de mercado”, el cual podrá utilizarse -ese día- para fijar precio a las toneladas vendidas en operaciones de “compraventa a fijar” que se hubieran celebrado oportunamente. Esta modalidad comercial es de aplicación habitual en el mercado físico de granos de Rosario.

f) Fijación de precios por FAS Teórico. Esta alternativa utiliza los denominados “Valores de mercado” que determina el Ministerio de Agricultura, Ganadería y pesca de la Nación en su página web. Allí determina el FAS teórico de gran parte de los granos conforme la metodología de cálculo oficial.

En el cuadro N°3 resultan evidentes cuatro aspectos:

a) En las operaciones a fijar precio de los últimos tres meses, en su gran mayoría el sistema de fijación utilizado fue por otro método que non son los otros que se expresan. Allí está mayormente la fijación por “mercado comprador”. Cerca de 5,4 millones de toneladas fueron comercializadas en estos meses bajo este sistema. Representa aproximadamente el 74,8% del total de las toneladas comercializadas a fijar precio. Esto significa que de cada 100 toneladas de soja vendidas a fijar precio, 75 se comercializaron a fijar precio por mercado comprador.  

b) Las operaciones a fijar precio utilizando “precios cámara” ocuparon el segundo lugar, con casi 1,7 millones de toneladas comercializadas en estos tres meses por este sistema. Representaron el 23,4% del total de las operaciones a fijar precio.

c) Las operaciones a fijar precio por los mercados de futuros locales fueron muy bajas. Ascendieron al 1% del total de las operaciones a fijar precio, con 73.000 toneladas. A pesar de los esfuerzos técnicos realizados por ROFEX para desarrollar esta alternativa, es una modalidad que no ha logrado gran difusión. Quizás más adelante pueda crecer esta categoría.

d) Son de poca consideración las fijaciones por mercados de futuros en el exterior y por “Valores de mercado” (FAS teórico) que determina el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación.

Como corolario final, reiteramos la importancia de esta plataforma electrónica como herramienta para analizar las infinitas aristas del mercado de granos, entre ellas la cambiante realidad que impone cada campaña comercial o el universo de diversidad que existe de acuerdo con las posibilidades y los requerimientos de muchos demandantes y de muchísimos más oferentes.

Autores: Patricia Bergero y Julio Calzada

Fuente: BCR

 

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