Régimen de envíos desde el exterior con puerta a puerta

SIMPLIFICACIÓN DEL COMERCIO

Nuevo régimen de envíos desde el exterior con servicio puerta a puerta para consumo personal

 El Ministerio de Producción y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) presentaron los nuevos procedimientos para recibir envíos desde el exterior, para uso o consumo personal, posibilitando el retorno del sistema puerta a puerta. La presentación se da en el marco de la política nacional de normalización de la economía. Ambos organismos avanzaron hacia un régimen acorde con los estándares internacionales y de la región.

“Es  una medida que apunta a facilitar la vida cotidiana de los ciudadanos. Recordemos que algo tan sencillo como comprar un libro se había transformado en una verdadera odisea. Creemos que es lógico que en un mundo globalizado podamos recibir en nuestra casa algo que compramos a cualquier lugar del mundo y todo ello al tiempo que realizamos los controles aduaneros correspondientes. Control ya no es más sinónimo de trabas”, enfatizó el titular de la AFIP, Alberto Abad.

“El nuevo sistema de envío puerta a puerta es un ejemplo cercano a los ciudadanos de la integración inteligente con el mundo, que es uno de los ejes para el desarrollo que promueve este gobierno. Las personas tienen la libertad de comprar en el mundo por un monto de dinero razonable, el Estado recauda casi la mitad de lo que se importa, se introduce competencia de manera muy medida y sostenida en el tiempo que favorece al consumidor y no descuida a la producción nacional”, explicó el secretario de Comercio, Miguel Braun.

Los ciudadanos podrán recibir envíos para consumo personal ingresándolos tanto por el Correo Argentino como por servicios de couriers.

 En el caso de envíos que se reciben a través del Correo Oficialel ciudadano deberá ingresar en la web de AFIP el número de seguimiento del envío (tracking ID) que proporciona el Correo, declarará el valor y la descripción del o los productos recibidos. Una vez que se valide dicho registro, se generará en forma automática un Volante Electrónico de Pago (VEP), por los conceptos y valores que corresponda abonar.

Estos envíos tienen derecho a usufructuar una franquicia anual de U$S 25.

Una vez abonado el VEP, si el envío no supera los dos (2) kilogramos y su valor es inferior a U$S 200, el ciudadano recibirá el envío en su domicilio.

Para el caso de envíos cuyo peso sea mayor a 2 kilogramos y/o valor mayor a U$S 200, también se recibirá una notificación del Correo, se utilizará idéntico procedimiento, retirando el envío en la sucursal del mismo.

En el caso de envíos que se reciben a través de Prestadores de Servicios Courier, serán éstos los encargados de realizar la declaración de los envíos. Esta declaración incluye la descripción de los productos involucrados y los valores correspondientes. También serán responsables tributarios del pago ante la AFIP.

Esta modalidad podrá ser utilizada sólo 5 veces, por año calendario y por persona, en envíos de hasta 50 kilogramos valuados en un importe inferior o igual a U$S 1000, siempre que se conformen por hasta 3 unidades de la misma especie y no se presuma una finalidad comercial.

Luego de recibir el envío, ya sea a través del Correo Oficial o de los Prestadores de Servicios Courier, habrá 30 días corridos para ingresar a la web de AFIP y confirmar la recepción. Esta confirmación permitirá realizar posteriores operaciones.

 Claves de los nuevos procedimientos

·         Libros, impresos y documentos serán liberados mediante la modalidad puerta a puerta sin la exigencia de confeccionar ningún tipo de declaración, cuando ingresen a través del Correo Oficial.

·         Trámites: Se elimina el formulario 4550 y la necesidad de realizar trámites presenciales para los envíos habilitados para el servicio puerta a puerta, eliminando un sistema que provocó incomodidad y que miles de paquetes quedaran abandonados.

·         Controles: para asegurar los controles de ingreso de productos y la trazabilidad de los mismos, se realizará una validación del receptor vía página web de AFIP, que se  deberá realizar luego de recibido el envío.

·         Seguridad en la declaración a través del uso de la clave fiscal

El nuevo régimen está acorde con las normativas internacionales. Los correos oficiales tienen un compromiso de entrega por montos limitados, que son los que establece la nueva normativa local. Los couriers privados están habilitados internacionalmente para enviar y recibir, por montos y peso superiores.

Fuente: AFIP

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