Recategorización Anual hasta el 31 de mayo

Los trabajadores autónomos deberán recategorizarse anualmente, durante el mes de Mayo, en función a los ingresos brutos obtenidos durante el año anterior.

PASOS PARA REALIZARLO

1 Ingresar por Internet, con su Clave Fiscal, al servicio Sistema Registral. Allí deberá seleccionar la opción “Trámites” y entre las opciones desplegadas por el sistema seleccionar el ítem “Empadronamiento/Categorización de Autónomos”.

2 Complete los datos requeridos por el sistema. En función de los datos ingresados, el sistema le indicará su nueva categoría, donde podrá optar por una superior. Deberá imprimir el Formulario y la credencial (que contiene el CRA – Código de Registro Autónomo).

3 Las obligaciones de pago resultantes de la recategorización anual, tendrán efecto para los vencimientos que operen entre los meses de Junio -del año de la recategorización- y Mayo -del año calendario inmediato siguiente-.

Comentarios