Las motos inferiores a $28 mil no pagarán impuestos internos

El Gobierno modificó hoy las alícuotas de los impuestos internos que deberán pagar los motociclos y las embarcaciones cuyo valor supere los 28 mil y los 125 mil pesos, respectivamente, con tasas de entre el 30 y el 50 por ciento.

La ley 26.929, que incrementó las alícuotas para los vehículos de alta gama. A través del decreto 2/2014, publicado hoy en el Boletín Oficial, con la firma de la presidenta Cristina Fernández, la medida establece que los motociclos y los velocípedos con motor cuyo valor sea inferior a los 28.000 pesos, quedarán excentos transitoriamente del pago de impuestos internos.

Lo mismo ocurre para las embarcaciones concebidas para recreo o deportes y los motores fuera de borda que tengan un precio de venta, sin considerar impuestos, pero incluidos los opcionales, igual o inferior a los 125 mil pesos.

En cambio, las motos cuyo precio sea de entre 28 mil y 50 mil pesos deberán pagar una alícuota del 30 por ciento, mientras para las que cuesten más de 50 mil pesos, la tasa será del 50 por ciento.

En el caso de las embarcaciones, las que cuesten entre 125 y 220 mil pesos pagarán 30 por ciento de alícuota y las que superen ese valor tendrán que pagar 50 por ciento de impuestos internos.

La medida rige hasta el 31 de diciembre de este año, según especifica la norma que, en sus considerandos, indica que “razones de política económica hacen aconsejable practicar modificaciones a los valores” de esos bienes “como así también adecuar las alícuotas aplicables”.

La norma no modificó la suba de internos para los automóviles con valor superior a los 170.000 pesos.

Fuente: FortunaWeb
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