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Cómo pedir la exención del medio aguinaldo de Ganancias

 

A partir de ayer martes quienes cumplieron con sus impuestos durante los últimos dos años podrán pedir la exención de Bienes Personales por los próximos tres ejercicios o el reintegro del Impuesto a las Ganancias sobre el medio aguinaldo de junio.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) dijo que habilitaría la herramienta para solicitar los beneficios incluidos en la ley de Sinceramiento fiscal (que implementa el blanqueo y la moratoria).

Requisitos. Para acceder a los beneficios, hay que haber presentado las declaraciones juradas y pagado el monto correspondientes en los impuestos que la persona esté inscripta, durante los períodos fiscales 2014 y 2015 (vencen al año siguiente).

Tampoco tienen que tener deudas, ejecuciones fiscales, ni haber ingresado a planes de pagos ni al blanqueo vigente entre 2013 a 2015.

Ventajas. Los cumplidores pueden obtener dos beneficios excluyentes entre sí. En primer lugar, quedar exento del pago del Impuesto sobre los Bienes Personales por los próximos tres años (períodos 2016, 2017 y 2018).

Si, por su situación patrimonial, la persona no tuviera que tributarlo, puede pedir que el medio aguinaldo de junio último quede exento del Impuesto a las Ganancias. Como este tributo ya se pagó, hay que pedir el reintegro.

 

El trámite

1- Ingresar a la Afip con clave fiscal nivel 3. Informar el Domicilio Fiscal Electrónico.

2- Informar mail y teléfono a través del Sistema Registral, opción Registros Tributarios.

3- Ingresar al servicio “Sistema Registral”.

Elegir la opción “Características especiales”, “Ley 27.260 – Beneficio contribuyentes cumplidores”.

Se desplegarán cuatro alternativas y se debe seleccionar la situación correspondiente:

Ley 27.260, art. 63 – Solicitud de exención en el Impuesto a los Bienes Personales (períodos fiscales 2016, 2017, 2018) con acreditación de anticipos como saldo de libre disponibilidad.

Ley 27.260, art. 63 – Solicitud de exención en el Impuesto a las Ganancias – 1era. cuota SAC período fiscal 2016.

Ley 27.260, art. 63 – Solicitud de exención en el Impuesto a los Bienes Personales – responsable sustituto.

Ley 27.260, art. 63 – Solicitud de exención en el Impuesto a los Bienes Personales (períodos fiscales 2016, 2017, 2018) con devolución de anticipos en cuenta. En este caso, hay que tener declarado a la Afip el CBU de una cuenta bancaria.

5- Quienes elijan la segunda alternativa (reintegro de Ganancias), además, tienen que informar mediante el Siradig a su empleador.

6- La Afip verificará si cumplió con todos los requisitos e informará al empleador para la devolución a través del recibo de sueldo, o bien, reintegrará los anticipos de Bienes Personales.

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