Nueva regulación sobre las Saladas: superficies acotadas y alícuotas conformes a la ley de Grandes Superficies Comerciales

A pocos días del vencimiento del plazo de prohibición, entidades empresarias y gremiales impulsan una normativa

Hay grandes posibilidades de que este jueves la Cámara Alta de la legislatura santafesina dé la sanción definitiva a la nueva legislación para ferias internadas en la provincia. Actualmente, debido a una normativa aprobada hace aproximadamente un año, la instalación de este tipo de comercios se encuentra prohibida. Sin embargo, la restricción tiene fecha de vencimiento en los próximos días.

El texto ya había recibido media sanción por parte del Senado el mes pasado. Por su parte, Diputados lo aprobó, pero realizó algunas modificaciones que ahora deben ser revisadas por la Cámara Alta, antes de su sanción definitiva.

En cuanto al nuevo marco legal, vale destacar que se valida la instalación de ferias de hasta 1.000 metros cuadrados en localidades de hasta 35.000 habitantes; de 1.500 metros cuadrados en ciudades de entre 35.000 y 200.000 habitantes; y de 2.500 metros cuadrados para municipios superiores a los 200.000 habitantes.

Sin embargo, establece algunas restricciones: se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas, pirotecnia, armas, municiones, animales vivos y actividades vinculadas al juego de azar, apuestas o similares. La venta de alimentos y bebidas deberá instalarse fuera del perímetro del predio.

Además, se aclara que las ferias deberán tramitar una autorización en el municipio o comuna en la cual desee instalarse. Este trámite quedará regulado por la misma ley de grandes superficies comerciales (N° 12.069) que ya tiene vigencia en la provincia de Santa Fe. Entre otros aspectos, la norma contempla la restricción de no poder ocupar más del 30% de la totalidad de la superficie máxima cubierta en un mismo municipio, ni acaparar más del 30% del mercado en un rubro determinado. También implica solicitar un Certificado de Factibilidad Provincial y establece un esquema tributario específico.

Por otro lado, se otorga al Ministerio de la Producción la potestad de controlar el cumplimiento de la norma. La ley 12.069, en cambio tiene por autoridad de aplicación al Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio.

El nuevo texto que se aprobaría mañana tuvo un fuerte impulso por parte de entidades empresarias y gremiales de Santa Fe. Entre ellas, se destacan la Asociación Civil de Entidades Empresarias del Sur Santafesino (ADEESSA), la Federación Gremial de Comercio e Industria de Rosario (FECOI) y la Cámara Argentina de Comercio (CAC).

El año pasado, estas últimas habían apalancado también la normativa presentada por el Senador de Iriondo, Hugo Rasetto, que disponía una prohibición por 365 días de la instalación de ferias multipunto en el territorio santafesino. En aquel entonces, se trató de una respuesta al avance del “Rey de la Salada”, Jorge Castillo.

En agosto de 2021, Castillo había esgrimido declaraciones en una entrevista con La Capital: “Me interesa instalarme del lado de Santa Fe”. En aquella oportunidad se refería a un predio ubicado sobre el kilómetro 417 de la ex Ruta 9, cerca del Automóvil Club Argentino de la localidad de Tortugas.

Ya sobre fin del año pasado, el empresario detrás de la feria bonaerense afirmó en Radio 2: “Lo que pasa en Santa Fe ya lo viví en Mendoza. Lo que no está prohibido está permitido. Yo no sé a qué se oponen si no saben de qué se trata. Voy a conseguir el permiso”. En la misma nota, afirmó que La Salada es “un paseo de compras” y lo definió como “el shopping para los pobres”.

Por su parte, Marcelo Maciel, presidente de ADEESSA, fue claro en la postura de los empresarios pyme locales: “Este tipo de instalaciones no cumplen con cuestiones bromatológicas, sanitarias, ni tributarias y no llevan una correcta trazabilidad de los productos. Lo que queremos es un marco legal igualitario para todos”.

El plazo obtenido en 2021 brindó tiempo suficiente para la redacción del nuevo texto a revisarse en las próximas horas.

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