Bienes Personales: Una carrera contra el tiempo de idas y vueltas

El experto en temas tributarios, Enrique Lingua, analiza el impuesto, eje del debate presidencial.

En el curso de los últimos días, circularon una serie de noticias periodísticas sobre la posibilidad de intervenir nuevamente sobre el texto de la ley del impuesto sobre los Bienes Personales, dado que se trata de un impuesto de alta sensibilidad social,  que en el marco de la filosofía de la redistribución de la riqueza, aparece como uno de los paradigmas esenciales que sustenta la transferencia de recursos entre las diferentes capas de la sociedad argentina.

Cuando se promulgó la ley de Sinceramiento Fiscal, en forma concomitante, se introdujo una reducción de la incidencia de este impuesto mediante una reducción significativa de su impacto, a punto de que se preveía su abrogación. Por supuesto que esta matriz recaudatoria decreciente estaba vinculada en forma con la incorporación a la economía real de una multiplicidad de bienes en el país y en el exterior, lo que seguramente redundaría en una recaudación adicional del impuesto.

Poco duraron las expectativas de reducción.  Para el año en curso, quedaron para la historia las promesas previstas en la ley, porque para fin de año, si bien fue elevado el mínimo a $ 2.000.000, se gravan con una alícuota del 0,75%, la suma de los bienes gravados que superen, conforme a las valuaciones técnicas, los $ 18.000.000.-y es más, la propia Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.) recalculó automáticamente los anticipos para este año, sobre la base de las nuevas alícuotas y tablas, elevando en forma considerable los valores de cada uno de los cinco que corresponden ingresar por el año fiscal 2019.

En medio de las disputas pre-electorales, donde la economía se ha convertido en el eje central de la campaña, suben al escenario todo tipo de propuestas, especialmente de la oposición, y vinculadas con el tema impositivo, que van desde mantener la actual presión tributaria, y en su caso aumentarla para ciertas y determinadas situaciones donde pareciera que hay una capacidad contributiva potencial como para seguir escarbando.

En ese sentido han salido a la luz todo tipo de versiones respecto a modificar el impuesto a los Bienes Personales, que en la realidad hoy representan algo menos del 0,5% del PBI, pensándose en que, con un aumento de la presión sobre activos elevados, podría elevarse a cerca del 3% del producto bruto, con una recaudación total de U$S 4.000.-, considerando que se habla de triplicar las alícuotas para bienes que se encuentren en el exterior e incorporar activos que en este momento se encuentran exentos o gravados con otros impuestos. También se dice que se trata de una estimación exagerada, y que en todo caso para poder cubrir los baches presupuestarios, la tasa del impuesto debería ser del 10%. Una utopía total.

Pero por el momento, toda la movida está basada en el padrón de los contribuyentes registrados, o sea que se sigue aplicando la archiconocida receta de que la forma de recaudar más, es seguir “cazando en el zoológico”.

Frente a este cúmulo de comentarios, informes, proyecciones, especulaciones de campaña, pseudo advertencias a ciudadanos de grandes patrimonios, y a la necesidad de fondos para garantizar programas de emergencia alimentaria, cumplimiento de compromisos con las multiplicidad de planes sociales, reversión de indicadores de pobreza, sostenimiento de los poderes del Estado, etc. etc., los futuros percutidos por las eventuales nuevas disposiciones, han comenzado a buscar protección de sus activos en el exterior, máxime cuando de alguna manera se los invitó a sincerarlos con la promesa de que no serían gravados en forma diferencial.

Esos nichos de protección pasan por una serie no limitada de opciones, que no son fáciles de llevar a cabo, pero que muchos analistas locales y extranjeros ofrecen como salida para proteger los activos frente a nuevas alícuotas o lo que sería peor, nuevos impuestos que la imaginación de los aparatos recaudatorios nunca dejan de sorprendernos.  

En ese sentido se analizan posibilidades de cambiar de lugar de residencia, fijándola en países donde puedan resguardarse los activos financieros de sobrecargas fiscales, conformación de fideicomisos o trust del exterior, que se administran por entidades financieras, pero como condición de que, para no ser consideradas entidades fiscalmente transparentes, los aportes a dichos trust debe hacerse, no solo en forma irrevocable, sino que además el aportante no debe ser el beneficiario de las rentas. En estos casos, el manejo de los fondos y rentas queda en poder de quien haya sido designado administrador.

Es decir que, para tomar ese tipo de decisiones, hay que estar preparado para adoptar una conducta diferente y mentalizarse que quien proceda así, se desprende de sus bienes, no siendo de fácil decisión para nuestra mentalidad latina y posesiva.

El tema de cambio de residencia también es un tema complejo ya que se exigen requisitos tanto para fijarla en otros países como para cancelar la argentina, donde juegan indicios o presunciones, control de salidas temporarias, etc. que hace que se transite en una delgada línea de encuadramientos sujetos a controles más estrictos y sistematizados.

Entendemos que es muy difícil planificar sobre expectativas, sólo que estas cuestiones siempre disparan reflexiones sobre nuestras acciones, porque estamos seguros de que muchos de los que ingresaron al régimen de sinceramiento fiscal, se preguntarán si hicieron lo correcto, o que, azuzados por potenciales cruzamientos de datos con otros fiscos, optaron por pagar el impuesto sobre esas tenencias, bajo promesas de no gravarlas en forma diferencial, que parecieron consistentes, y terminaron siendo etéreas.

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