La inhibición general de bienes establecida por la justicia alcanza a los bienes de Cristóbal López y Fabián de Souza y parte de sus empresas (aprox. 70) en el marco de la denuncia por administración fraudulenta que presentó la AFIP.
– Esta limitación corresponde únicamente a los bienes registrables. Esto es: inmuebles, rodados, acciones, etc. y tiene por finalidad evitar su venta u otro tipo de transferencia a terceros sin autorización judicial.
– En anteriores oportunidades el Juzgado, los Veedores, el Fiscal y esta AFIP ya prestaron conformidad a actos de disposición de bienes registrables debidamente fundamentados.
– Los citados titulares de las empresas pueden seguir gestionando normalmente el giro de sus negocios, es decir, el pago de salarios y cargas sociales, entre otros rubros.
– Es así que, a pesar de no haberse autorizado aún la venta de las acciones, el gerenciamiento de las empresas está en manos de terceros administradores tal como fuera informado al juzgado interviniente.
– Se destaca que las restantes empresas y activos no sujetos a inhibición son de absoluta disponibilidad de sus dueños y pueden ser afectados al pago de compromisos de distinto tipo que estos mantengan como resultado de su actividad empresarial en conjunto.
– Las acciones de la AFIP no buscan solamente que López y De Souza paguen los impuestos que deben, sino también, que respondan por los daños y perjuicios ocasionados a la sociedad.