Comenzaron a regir las resoluciones conjuntas N° 208, 299, 628 y 630/2014 de la comisión nacional de valores y la secretaría de agricultura y ganadería.
Todo cultivo forrajero debe ser considerado como un cultivo agrícola, por lo tanto se debe poner mucho énfasis tanto en la planificación como en la ejecución y el control de cada una de las prácticas realizadas.