Monotributo: hay tiempo hasta el 20 de julio

A partir de las modificaciones que se establecieron con la reforma tributaria, las recategorizaciones pasaron a ser semestrales

A partir de las modificaciones que se establecieron con la reforma tributaria, las recategorizaciones del Monotributo pasaron de ser cuatrimestrales a ser semestrales (enero/junio y julio/diciembre), por lo que el 20 de julio vence el plazo para realizar la correspondiente al semestre enero – junio de 2018.

Además, mediante la RG 4235, la AFIP dispuso que la recategorización en el Régimen Simplificado (RS) correspondiente al cuatrimestre enero/abril de 2018, se considerará cumplida en término siempre que el pequeño contribuyente proceda a efectuar la recategorización correspondiente al semestre enero/junio de 2018.

¿Quienes deben recategorizarse ?

Hay que calcular los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida, los alquileres devengados y la superficie afectada a la actividad en los 12 meses inmediatos anteriores.

Si como resultado de ese cálculo, se supera o queda por debajo de los límites de tu categoría, hay que recategorizar.

El importe correspondiente a la nueva categoría a partir de agosto.

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