Más razones para obtener la residencia fiscal uruguaya

Quienes obtengan la residencia fiscal uruguaya pueden optar por tributar IRNR (Impuesto a la Renta de los No Residentes), beneficiándose de un “Tax Holiday” por 10 ejercicios fiscales

Dra. María Eugenia Coutinho
Asociada de Forward Estudio

El decreto 163/2020 flexibiliza los requisitos para la obtención de la residencia fiscal en Uruguay, en el marco de una política de estímulo a la inversión extranjera en el país. Para obtenerla, la persona debe cumplir cualquiera de estos 4 requisitos:

1) Permanecer más de 183 días durante el año civil en territorio uruguayo

2) Radicar en Uruguay el núcleo principal o base de sus actividades (obtener mayores ingresos de capital o trabajo en Uruguay que en el exterior)

3) Radicar en Uruguay la base de sus intereses vitales (cuando el cónyuge o hijos menores de edad residen en territorio uruguayo)

4) Radicar en Uruguay la base de sus intereses económicos. Este último requisito es el que fue flexibilizado mediante el nuevo decreto.

Para obtener la residencia fiscal uruguaya en base a intereses económicos, se requiere contar con una inversión en bienes inmuebles superior a UI 3.500.000 (aprox. USD 380.000) a partir del 1° de julio del corriente y registrar una presencia física efectiva en nuestro territorio de al menos 60 días. Es decir, el decreto disminuye el monto de inversión en inmuebles, que antes era de aproximadamente USD 1.500.000 a aproximadamente USD 380.000.

En cuanto a la inversión en empresas uruguayas, el monto aproximado de USD 4.500.000 exigido como otra alternativa para la obtención de la residencia fiscal, también fue modificado por el nuevo decreto, que lo disminuye a UI 15.000.000 (aproximadamente USD 1.600.000), siempre que se realice la inversión a partir del 1° de julio de este año y genere al menos 15 puestos de trabajo en relación de dependencia durante el año civil.

BENEFICIOS

Quienes obtengan la residencia fiscal uruguaya pueden optar por tributar IRNR (Impuesto a la Renta de los No Residentes), beneficiándose de un “Tax Holiday” por 10 ejercicios fiscales (casi 11 años), durante el cual no pagarán renta por los rendimientos de capital mobiliario que tengan en el exterior (intereses, dividendos, colocaciones de capital).

Tampoco pagarán rentas por los rendimientos de capital inmobiliario en el exterior, por incrementos patrimoniales en el exterior (enajenaciones) ni impuesto al Patrimonio, ya que Uruguay sigue el criterio de la fuente. Es decir, grava solamente las rentas generadas en territorio uruguayo, con excepción de los rendimientos de capital mobiliario en el exterior (aunque en este último caso, como dijimos, al obtener la residencia fiscal en nuestro país, la persona se verá beneficiada con la exoneración de tal impuesto por 10 ejercicios).

DIFERENCIAS CON LA RESIDENCIA LEGAL

La residencia legal (migratoria) permite a los ciudadanos de los Estados parte del Mercosur obtener el documento de identidad uruguayo por un plazo de 2 años, previo al otorgamiento de la residencia legal definitiva por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores, momento en el cual se gestionará la cédula de identidad uruguaya definitiva.

La residencia legal Mercosur permite entrar y salir de Uruguay de forma discrecional, aun en pandemia, y permanecer en territorio uruguayo por más de tres meses. No conlleva ninguna obligación correlativa.

Comentarios