A más de un mes de la sanción en el Senado, el Gobierno reglamentó la Ley de Inocencia Fiscal y dio a conocer los detalles operativos para poner en marcha el esquema que apunta a incorporar al circuito formal los dólares no declarados que, según estimaciones oficiales, alcanzan los USD 170 mil millones.
La norma, impulsada por el Ministerio de Economía, establece las condiciones bajo las cuales esos fondos podrán utilizarse sin quedar expuestos a sanciones, y define los beneficios del Régimen Simplificado de Ganancias (RSG), uno de los pilares del nuevo esquema.
Bancarización obligatoria
Uno de los puntos centrales de la reglamentación es la forma en que deberán realizarse las operaciones. Para poder utilizar los dólares no declarados será necesario bancarizarlos. El decreto habilita dos modalidades: depositarlos en una cuenta propia y luego transferirlos, o bien enviarlos directamente desde el origen hacia la cuenta de un tercero.
Desde la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) explican que la exigencia responde a estándares internacionales en materia de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. La trazabilidad del dinero dentro del sistema financiero es, además, una condición clave para fortalecer el crédito y la circulación de fondos en la economía formal.
El ministro de Economía, Luis Caputo, defendió la iniciativa al señalar que el volumen de dólares fuera del sistema triplica los depósitos actuales del sector privado y que su ingreso parcial al circuito bancario podría acelerar la recuperación económica.
Régimen Simplificado de Ganancias
La reglamentación también introduce precisiones sobre el Régimen Simplificado de Ganancias. Para adherir, los contribuyentes deberán haber registrado ingresos anuales inferiores a $1.000 millones, un patrimonio menor a $10.000 millones y no estar categorizados como grandes contribuyentes.
El decreto aclara que, para calcular los ingresos, se computan únicamente los propios —ya sean gravados, exentos o no gravados— y no aquellos montos que se perciban como intermediario.
Entre los beneficios del RSG se destacan la presunción de exactitud en las declaraciones y el efecto liberatorio del pago, lo que otorga mayor previsibilidad frente a eventuales fiscalizaciones. Además, la reglamentación define qué se considera “discrepancia significativa” y bajo qué condiciones podría activarse un control.
En el caso de los monotributistas, la adhesión al RSG será condición necesaria para poder exteriorizar y utilizar los dólares no declarados. De no hacerlo, podrían quedar sujetos a fiscalización. Así, los pequeños contribuyentes deberán evaluar si les conviene regularizar su situación dentro del nuevo régimen o mantener los fondos fuera del sistema con el riesgo que ello implica.
Se espera que en los próximos días ARCA publique resoluciones complementarias para terminar de delinear la operatoria.
Nuevos umbrales y multas
El decreto también reglamenta la actualización de los umbrales de punibilidad para delitos de evasión. En el caso de la evasión simple, el monto mínimo pasa de $1,5 millones a $100 millones. Para causas iniciadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley, los contribuyentes podrán solicitar la aplicación de la norma penal más benigna.
A futuro, el nuevo umbral se actualizará anualmente según el mecanismo previsto en la ley.
Otro de los puntos sensibles fue la fuerte actualización de las multas automáticas, que generó preocupación especialmente entre pymes. Según indicaron fuentes oficiales, habrá una instrucción para evitar intimaciones automáticas en el caso de contribuyentes no considerados relevantes.
En lugar de activar de inmediato el proceso sancionatorio, el organismo enviará recordatorios y otorgará un plazo adicional para regularizar la situación antes de iniciar un sumario.
Con la reglamentación ya publicada, el foco ahora estará puesto en la reacción de las entidades financieras y en la implementación práctica del régimen, en un contexto en el que el Gobierno apuesta a que los “dólares inocentes” se conviertan en un factor dinamizador de la actividad económica.


























