Desde junio de 2025, la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) –nuevo nombre de la ex AFIP– comienza a investigar las transferencias y operaciones bancarias y digitales que superen ciertos montos. Las entidades financieras y billeteras virtuales deben informar al organismo sobre transacciones, saldos y consumos de sus clientes, lo que puede derivar en un seguimiento fiscal más profundo.
¿A partir de qué montos interviene ARCA?
Según la normativa vigente desde este mes, los límites establecidos para personas físicas y jurídicas son los siguientes:
- Transferencias o acreditaciones bancarias:
- $50 millones para personas físicas
- $30 millones para personas jurídicas
- Extracciones en efectivo:
- $10 millones para ambos tipos de usuarios
- Saldos bancarios:
- $50 millones para personas físicas
- $30 millones para jurídicas
- Plazos fijos:
- $100 millones para personas físicas
- $30 millones para jurídicas
- Transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales:
- $50 millones para personas físicas
- $30 millones para jurídicas
- Tenencias en sociedades de bolsa:
- $100 millones para personas físicas
- $30 millones para jurídicas
- Compras de consumidor final:
- Hasta $10 millones sin necesidad de justificar el origen del dinero
Superar cualquiera de estos umbrales puede activar alertas automáticas dentro del sistema de fiscalización de ARCA, lo que podría implicar una revisión detallada del caso.
¿Qué documentación puede pedir ARCA para justificar una transferencia?
Si se solicita una justificación del origen de los fondos, los contribuyentes deberán contar con alguno de estos documentos:
- Recibos de sueldo
- Facturación (en el caso de trabajadores autónomos)
- Declaraciones juradas de impuestos
- Contratos de compraventa o cesión de bienes
- Extractos bancarios que demuestren un flujo habitual de fondos
También se aceptan comprobantes de haberes jubilatorios, certificados de ingresos firmados por contadores públicos, o facturas emitidas en los últimos seis meses.
¿Qué pasa si no se puede justificar el origen del dinero?
En caso de no poder acreditar de forma clara el origen de una operación:
- El banco o billetera virtual puede rechazar la transferencia, congelar fondos o incluso bloquear cuentas.
- ARCA podría intimar al contribuyente a declarar el origen de los fondos.
- Si la situación persiste, la entidad financiera emite un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) y lo envía a la Unidad de Información Financiera (UIF).
La nueva reglamentación refuerza el enfoque del Gobierno en el control fiscal sobre grandes movimientos de dinero, especialmente en un contexto donde se busca mayor trazabilidad en las finanzas personales y empresariales. Conocer los límites establecidos por ARCA y tener la documentación en regla será clave para evitar sanciones o trabas operativas.