Protección al derecho a trabajar y ejercer toda industria lícita

Si el Partido Peronista y sus seguidores (renovadores, kirchneristas, sciolistas, justicialistas, pejotistas y otras layas), insisten en sancionar la ley Anti-despido, el presidente Macri debiera hablarle al  país explicando lo siguiente:

“Me dirijo al pueblo argentino, que trabaja,  produce y no vive de cargos políticos ni sindicales.  Me quieren imponer una ley que ellos mismos rechazaron hace pocos años. Ahora, después que llenaron el país con cuatro millones de innecesarios empleos públicos,  tienen el deliberado propósito de hacer  fracasar nuestra política de  creación de puestos de trabajo en el sector privado.  Argumentan que la ley anti-despidos es para defender al trabajador y proteger las empresas pymes, pero ocultan el tremendo costo que deberán pagar tanto los que tienen trabajo como lo que aspiran tenerlo. Hacen lo mismo que hicieron con el dólar: crean un cepo para impedir la salida. No se dan cuenta que si  ponen una puerta cancel para no dejar salir, es elemental que nadie vaya a entrar para quedar encerrado”.

“El gobierno no quiere amparar  esta maniobra antipopular. Pero tampoco desea aparecer como enemigo de los trabajadores o de las pymes. Por lo tanto y pese a mis claras intenciones, NO VOY A VETAR ESTA LEY para no regalarles el argumento demagógico de que estamos gobernando para los ricos”.

“Pero, con toda la autoridad del cargo de presidente, haré que el doloroso costo social que esta ley provocará no recaiga sobre el pueblo, ni sobre sus pymes, ni sobre los contribuyentes que todo lo soportan, sino sobre sus responsables directos: los legisladores confabulados en esta medida insidiosa e irracional. Quien engaña a la gente haciendo trampas, deberá pagar las consecuencias”. 

“Por tanto, apenas sancionen esta ley como ellos pretenden, dispondré un Decreto de Necesidad y Urgencia inspirado en el art. 41 de la Constitución Nacional y en el mismo sentido estableceré lo siguiente”:

DECRETO DE PROTECCION SOCIAL CONTRA EL CEPO AL TRABAJO Y

LAS TRABAS AL LIBRE EJERCICIO DE LAS PYMES.

Art.1° Toda persona o sociedad comercial “pyme” que vean afectados sus derechos y garantías individuales, como también los derechos de incidencia colectiva, podrán interponer acción expedita y rápida de amparo contra las autoridades públicas por los efectos de la ley anti-despidos.

Art.2° Además, quedan habilitados para reclamar una indemnización razonable, por daños y perjuicios. El juez deberá resolverlo de inmediato disponiendo el pago pertinente con afectación exclusiva a los fondos presupuestarios del Congreso Nacional.

Art.3° Dese a publicidad en el Boletín Oficial y Archívese.”

 

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