Confederaciones Rurales enumeró las consecuencias negativas de la Ley de Abastecimiento

Para Confederaciones Rurales Argentinas, esta ley “incrementa aún más la intervención del Gobierno Nacional sobre el proceso productivo, elevando la incertidumbre sobre la economía, impactando negativamente en la oferta de bienes y servicios y por lo tanto en los consumidores”. 

“El campo argentino conoce muy bien que en todos los mercados donde el Gobierno impuso su intervención con precios de “referencia o máximos” fracasó. La Argentina perdió 10 millones de cabezas de ganado, y este año las exportaciones serán las más bajas de los últimos 50. En trigo la Argentina produce la mitad de lo que podría producir y las exportaciones son casi 10 veces menos que en 2011”, dijo la entidad en un comunicado. 

Confederaciones Rurales Argentinas ratificó en ese sentido que la experiencia en la aplicación de la Ley de abastecimiento “revela que los resultados han sido negativos para la inversión, la producción y los consumidores y por lo tanto para la evolución de la ya paralizada economía en su totalidad”. 

La entidad que preside Ferrero ratificó en tanto, que no guardará silencio y trabajará “para esclarecer a la población en su conjunto el efecto negativo que tendrá para todos los argentinos que unos pocos se adueñen del trabajo, el  esfuerzo y la inversión de todos”.

Principales problemas que trae aparejada la nueva Ley de Abastecimiento para todos los argentinos:

1-Inconstitucional – La norma propuesta constituye una grave amenaza sobre los derechos fundamentales claramente establecidos por la Constitución Nacional que son el derecho a la Propiedad Privada y a la Libertad de Comercio. 

2-Discrecionalidad – Incrementa fuertemente la discrecionalidad en la aplicación de la ley concentrando todo el poder en un solo funcionario.

3-Las Pymes van a ser fuertemente perjudicadas ya que los precios máximos sobre los mercados como Liniers o granos caerán sobre los productores agropecuarios en su mayoría constituidos en Pymes.

4-Permite fijar márgenes de utilidad, precios de referencia y precios máximos.

5-Puede intervenir mercados concentradores como ser Liniers o Bolsas. 

6- El Gobierno puede disponer de la fabricación de determinados productos, en determinados volúmenes y acordar subsidios.

7-Los Gobernadores también pueden fijar precios máximos.

8- Con motivos totalmente arbitrarios y discrecionales puede imponer sanciones. Por ejemplo: “cuando se acaparen materias primas formando stocks superiores a los necesarios”.

9-Las multas alcanzará hasta el triple de la ganancia obtenida. Además habrá inhabilitaciones por 5 años.

10- Decomiso – Frente a la situación de desabastecimiento o escasez de bienes que satisfagan necesidades básicas (¿pan, carne y leche?) la autoridad de aplicación puede disponer la venta, distribución o realizar prestación. ¿Quién determina esta situación, el Secretario de Comercio?

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